INSTRUMENTACIÓN JURÍDICA Y MONETIZACIÓN DE INTANGIBLES

Contratos de propiedad intelectual

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  • Licencias, Cesiones, Franquicias, NDA e Inscripción IMPI/INDAUTOR

Innovación y Marcas Protegidas y Monetizables

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La propiedad intelectual no solo se registra: se defiende, se explota y se multiplica mediante acuerdos legales rigurosos. Elaboramos y revisamos contratos especializados adaptados a la legislación mexicana (LFPPI y LFDA) para prevenir controversias y blindar tus activos intangibles.

Licencias y Explotación Comercial

Autorizaciones de uso exclusivas o no exclusivas, delimitación geográfica, esquemas de regalías y estándares de calidad.

Cesión de Derechos Patrimoniales

Transferencia formal de titularidad de marcas, patentes o derechos de autor, garantizando oponibilidad jurídica plena.

Obra por Encargo y Colaboración

Contratos laborales y servicios profesionales con cláusulas expresas de cesión patrimonial e invenciones de empleados.

Acuerdos de Confidencialidad (NDA)

Convenios de no divulgación y no competencia para proteger secretos industriales, know-how y desarrollos confidenciales.

Estructuración Legal por Área de Propiedad Intelectual

Contratos para Marcas y Signos Distintivos

Maximización de Ingresos y Control de Marca
Licencias de Marca: Exclusivas, no exclusivas, licencias de merchandising y sublicenciamiento con fijación de regalías.
Franquicias: Contratos de licencia de uso de marca más transmisión de know-how para el escalamiento de negocios.
Cesión de Marcas: Contratos de transmisión de titularidad marca, individual o en bloque, gratuita u onerosa.
Co-Branding y Alianzas: Convenios de colaboración entre marcas para colecciones cápsula, lanzamientos y campañas conjuntas.
Convenios de coexistencia: Acuerdos de coexistencia marca ante el IMPI cumpliendo los requisitos de la LFPPI y de su Reglamento.
Convenios de Reglas de Uso: Convenios para establecer los derechos y obligaciones de cotitulares en marcas en cotitularidad, marcas colectivas y marcas de certificacion.

Contratos para Invenciones, Patentes y Secretos

Transferencia de Tecnología y Protección de Know-How
Licencias de Patentes: Contratos de licencia exclusiva, no exclusiva o cruzada para patentes, modelos de utilidad y diseños.
Transferencia de Tecnología: Contratos de asistencia técnica, transmisión de know-how y acuerdos de desarrollo tecnológico conjunto.
Secretos Industriales & NDA: Acuerdos de confidencialidad reforzados y convenios de licencia de secretos industriales con protocolos de resguardo.
Cláusulas IP Laborales: Regulación de invenciones en la relación de trabajo, en la iniciativa privada, sector público y universidades.

Contratos para Derecho de Autor e Industrias Creativas

Edición, Música, Audiovisual, Software y Entretenimiento
Obra por Encargo: Contratos formales de obra por encargo con cláusulas expresas de titularidad patrimonial a favor del contratante.
Industria Editorial: Contratos de edición de obra literaria, traducción, ilustracion, uso de sello editorial, entre otros.
Industria Musical: Contratos de edición musical, representación artística, publishing, distribución, entre otros.
Industria Audiovisual: Contratos de producción audiovisual, cesión de derechos de guionistas, directores, actores y soundtrack.
Desarrollo de Software: Contratos de desarrollo a medida, asignación de código por programadores y acuerdos EULA / SaaS.
PROTEGE Y MONETIZA TUS ACTIVOS

¿Vas a firmar o elaborar un contrato de propiedad intelectual?

Un contrato mal redactado o sin la formalidad exigida por la ley puede derivar en la invalidez del acuerdo o en la pérdida irrecuperable de la titularidad.

Consultar con un Abogado Especialista

Preguntas Frecuentes sobre Contratos de Propiedad Intelectual

En México se emplean contratos de licencia, franquicia, cesión de derechos, transferencia de tecnología, obra por encargo, producción audiovisual, edición musical, convenios de confidencialidad (NDA) y acuerdos de coexistencia. Cada uno permite explotar comercialmente marcas, patentes o derechos de autor según la LFPPI y la LFDA.
La licencia autoriza el uso de la propiedad intelectual por tiempo y condiciones determinadas sin transferir la titularidad (el cedente sigue siendo el dueño). La cesión implica la transmisión definitiva o temporal de la titularidad patrimonial a favor de un tercero.
Para que surtan efectos legales frente a terceros y sean oponibles, las cesiones y licencias sobre marcas y patentes deben inscribirse en el IMPI. En materia autoral, las cesiones y licencias exclusivas deben registrarse ante el INDAUTOR para garantizar seguridad jurídica.
Tanto la LFPPI como la LFDA establecen que las cesiones y licencias deben constar por escrito de manera obligatoria. Si no hay contrato escrito, legalmente se presume que los derechos pertenecen al creador o diseñador original, dejando desprotegida a la empresa.
Diagnóstico Contractual

¿Vas a redactar, revisar o firmar un contrato de IP?

Indícanos el tipo de contrato o proyecto (licencia, cesión, NDA, obra por encargo, franquicia) para iniciar una revisión de viabilidad legal.

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