
Existen productos cuya identidad y prestigio están estrechamente vinculados a un territorio específico, sus factores naturales, sus materias primas y los conocimientos tradicionales transmitidos por generaciones. Convertir esa relación en un activo intangible exclusivo requiere un expediente legal, técnico e histórico riguroso para la obtención de la Declaración de Protección o la Autorización de Uso expedida por el IMPI.
Protege productos cuyas cualidades se deben exclusiva o esencialmente al medio geográfico, incluyendo factores naturales y humanos (ej. Tequila, Mezcal, Talavera).
Identifica un producto originario de una zona particular cuando una cualidad, reputación u otra característica sea atribuible a su origen geográfico (ej. Cajeta de Celaya).
Tramitación del permiso individual ante el IMPI para productores o elaboradores ubicados dentro de la zona protegida.
Estructuración de acuerdos legales para comercializadores o empacadores fuera de la zona en alianza con un productor autorizado.
| Fases de Producción: | En la DO, la extracción, producción y elaboración deben ocurrir íntegramente en la zona delimitada. En la IG, al menos una fase de producción o característica atribuble ocurre en el territorio. |
| Norma Oficial (NOM): | Toda Denominación de Origen exige la emisión y cumplimiento estricto de una Norma Oficial Mexicana específica e inspección de un Consejo Regulador. |
| Titularidad Estatal: | Tanto las DO como las IG son bienes de dominio público de la Nación (propiedad del Estado mexicano) gestionados mediante autorización del IMPI. |
| Delimitación Geográfica: | Definición precisa del territorio mediante división política, mapas, geomorfología o coordenadas geográficas. |
| Factores Naturales y Humanos: | Estudios técnicos sobre clima, suelo, orografía, materias primas autóctonas y métodos tradicionales de manufactura. |
| Reputación y Antecedentes: | Acreditación documental del renombre comercial, trayectoria histórica y arraigo cultural del producto. |
Evaluación de la factibilidad del producto para definir entre Denominación de Origen o Indicación Geográfica.
Estudio y justificación técnica del área geográfica de producción y criterios de demarcación territorial.
Sustentación jurídica, histórica, técnica e insumos científicos necesarios con participación de expertos.
Presentación formal de la solicitud de declaración de protección o de autorización de uso respectiva.
Asesoría jurídica para la estructuración de la Norma Oficial Mexicana y vinculación con Consejos Reguladores.
Asegura la autorización legal para imprimir la Denominación de Origen en tus etiquetas o formaliza un Convenio de Corresponsabilidad.
Consultar por WhatsAppEvalúa si tu producto agroalimentario, bebida o artesanía cumple con las condiciones para solicitar la Autorización de Uso de una Denominación de Origen o Indicación Geográfica ante el IMPI.